Vehículo histórico – Qué es, cómo conseguir legalizarlo

Lo primero que se debe hacer al hablar de vehículo histórico es dar una definición acerca de lo que es un vehículo histórico. Según el Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio, se consideran vehículos históricos :

  • Aquellos cuya antigüedad es igual o superior a 25 años (desde su fecha de fabricación, o primera matriculación en caso de que no se supiera la de fabricación).
  • Los vehículos incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o declarados bienes de interés cultural.
  • Los llamados vehículos de colección, entendiéndose como tal, por sus características, singularidad, escasez manifiesta u otra circunstancia especial muy sobresaliente.

Para que un vehículo se considere  vehículo histórico se requerirá:

1-. Inspección en un laboratorio oficial acreditado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.

Habrá que acreditar la identidad y domicilio del titular del vehículo (DNI, permiso de circulación, y otros documentos oficiales) y aportar acreditación documental de la declaración de bien de interés cultural o de estar incluido en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español del vehículo.

El vehículo histórico deberá disponer de una ficha reducida de características técnicas, emitida por el fabricante. Dicha ficha entre su información recabará número de chasis, fechas de fabricación y de primera matriculación, si fueran conocidas, y estará acompañada de fotografías en color de los cuatro lados del vehículo.

2-. Actuación y resolución del laboratorio oficial.

Previo exámen por parte de un laboratorio oficial del vehículo y la documentación aportada se emitirá un informe sobre la autenticidad como vehículo histórico, sus características técnicas, exenciones y condiciones técnicas que el vehículo debe cumplir en las inspecciones periódicas, frecuencia de las mismas y posibles limitaciones que deberían imponerse a su circulación.

3-. Inspección técnica, previa a su matriculación.

El vehículo se ha de someter a una inspección en una estación de inspecciones técnicas de vehículo de la provincia donde resida el propietario. Para ello se ha de presentar el vehículo junto con la documentación del mismo y el informe favorable del laboratorio oficial.

4-. Matriculación como vehículo.

Por último se procede a la matriculación del vehículo con el domicilio del propietario en la Jefatura de Tráfico  como vehículo histórico.

A continuación se detallan las ventajas e inconvenientes que presentan los vehículos históricos.

Ventajas:

– Exención del pago del impuesto municipal de circulación, dependiendo de municipios.

– Mayor periodicidad en las inspecciones obligatorias (ITV) (entre 2 y 5 años).

– Seguros más baratos, siniestralidad entorno al 20% (50-70% en coches habituales).

– Exenciones en nuevas legislaciones.

Inconvenientes:

– Costes: Todos los procesos se pagan, además es necesaria mucha documentación.

– Limitación de las aseguradoras, éstas pueden aplicar restricciones y cláusulas en pólizas.

– Restricciones de uso.

– Limitaciones en carretera.

– El estado puede solicitarlo para una exposición o evento.

 

Si tienes en propiedad un vehículo histórico tendrás el placer de saber lo que se siente al conducir uno de ellos.

¡Disfrútalo!

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